lunes, 12 de julio de 2010

ARTICULO DE INTERES SOBRE SENTENCIA: ART. 10 Nº 1 LEY DEL INCE

Mediante sentencia Nº 644 de fecha 7 de julio de 2010, la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada Yolanda Jaimes Guerrero, determinó que las utilidades no forman parte de la base imponible de la contribución parafiscal consagrada en el numeral 1 del artículo 10 de la Ley sobre el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE). Igualmente, indicó que los pagos por honorarios profesionales y por servicios externos realizados a terceras personas que no pertenezcan a la empresa, no deben incluirse en el aporte previsto en el numeral 1 del artículo 10 de la Ley sobre el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE).

Texto integro de la sentencia.

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